Usurpaciones SA: penas de hasta cuatro años y medio e inhabilitación para las dos abogadas

El Tribunal Oral en lo Criminal 3 consideró que Paula María Bahlcke y María Melina Evaristo conformaron una asociación ilícita para simular la compraventa fraudulenta de inmuebles.

29 de Diciembre de 2018 11:04

Por Redacción 0223

PARA 0223

Tres años y medio después de que 0223 hiciera pública una investigación en la que un grupo de personas conformara una red dedicada a ocupar, simular la venta y hacerle juicio a los verdaderos dueños de viviendas y lotes desocupados la Justicia condenó a dos abogadas como integrantes de una asociación ilícita, estafa, estafa procesal y uso de documento público falso a las penas de tres años y medio y cuatro años y medio de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación para llevar adelante la profesión.

Si bien Paula María Bahlcke (tres años y medio) y María Melina Evaristo (cuatro años y medio) fueron condenadas por una veintena de hechos tras la realización de un juicio oral, otros dos imputados están a la espera de la validación de dos acuerdos de juicio abreviado y el resto de los imputados –que no fueron acusados de asociación ilícita- firmaron suspensiones de juicio a prueba con diversas reparaciones para los damnificados.

Aunque algunos de los hechos por lo que las abogadas fueron condenadas ocurrieron entre 2005 y 2009, los jueces Mariana Irianni, Juan Manuel Sueyro y Fabián Riquert  establecieron que entre el 30 de  diciembre de 2008 y por lo menos el 12 de diciembre de 2013 Evaristo, Bahlcke, Luis Alberto Rodríguez y Carlos Alberto Guarde “conformaron y participaron en una organización estable y permanente, para lucrar y enriquecerse ilícitamente bajo la simulación fraudulenta de compraventa de inmuebles, intentando y en algunos casos logrando perjudicar a sus verdaderos titulares o derecho habientes”.

En tal sentido el Tribunal dio por acreditada la hipótesis del fiscal Javier Pizzo que fue acompañado por el abogado Walter Llona como representante de algunos de los damnificados. Tal como informó oportunamente este medio, la denuncia que ese abogado recibió de una mujer que sospechaba que le habían usurpado su casa en Punta Mogotes derivó en una mega investigación en la que llegó a haber un total de 23 imputados con distinto tipo de participación en los hechos.

Desde un comienzo a los investigadores les llamó la atención que los datos que manejaban los imputados acerca del estado de los inmuebles tenían una precisión que no dejaba dudas acerca de que "había acceso a una información que no es para cualquiera”. Más allá de su trabajo privado, Evaristo también se desempeñaba en la asesoría letrada de Obras Sanitarias Mar del Plata. 

Para el Tribunal Rodríguez y Guarde se desempeñaron como nexo entre quienes figuran como adquirentes-cedentes y cesionarios, o bien directamente en su propio nombre, mientras que María Melina Evaristo y Paula Balhcke asumieron el rol de asesores jurídicos y patrocinantes legales de los actores en las demandas judiciales necesarias para desapoderar en forma definitiva de los inmuebles a los legítimos propietarios y/o sus herederos.

“Así, en principio Guarde y Rodríguez obtuvieron información sobre el estado de las cuentas de los inmuebles que no tenían una ocupación permanente y cuyos titulares habían fallecido o residían en ciudades lejanas de Mar del Plata, para luego de un modo que la Fiscalía no ha podido determinar, tomar posesión material de los mismos y transferirlos mediante el uso de boletos de compraventa falsos a su nombre o el de terceras personas partícipes de la maniobra, que en concreto -sin formar parte de la organización- prestaron sus datos personales y simularon haber adquirido legítimamente los bienes”, indicaron.

Para los magistrados la operatoria se cerraba cuando “los derechos y acciones que supuestamente emergían de esos falsos boletos eran transferidos mediante cesiones de derechos y acciones protocolizadas ante escribanos de la ciudad a cómplices o terceros de buena fe según los casos, momento en el cual se pactaba como parte de la operación comercial que el registro de los bienes a nombre de los adquirentes se efectuaría a través de demandas judiciales de escrituración -contra quienes figuraban como vendedores en el boleto de compraventa y contra los posteriores cedentes-, por ante los Juzgados Civiles y Comerciales de esta ciudad, enlazando el patrocinio de las abogadas Bahlcke y Evaristo, o bien quienes éstas designaren”.

Fiscal Javier Pizzo (Foto: archivo 0223)

“De esta forma, los integrantes de la organización captaban definitivamente a los clientes y, directamente iniciaban los distintos trámites de escrituración por ante los Juzgados Civiles aportando la documentación apócrifa con la que habían consumado o simulado consumar la compraventa, con el objeto de hacer incurrir en error a los Jueces y obtener de éstos sentencias favorables mediante las cuales pretendían desplazar definitivamente de los bienes a sus legítimos propietarios, sus herederos y/o derecho- habientes o el Fisco estatal según el caso”, explicaron.

Los jueces condenaron a Melina Evaristo la pena de cuatro años y seis  meses de prisión e inhabilitación especial para ejercer la profesión de abogada por igual término mientras que Paula Bahlcke fue condenada a tres años y medio de prisión e inhabilitación especial para ejercer la profesión por igual término.

En la sentencia los jueces resolvieron comunicar el contenido de la misma a Obras Sanitarias Sociedad de Estado, al Colegio de Abogados y al Colegio de Escribanos de esta ciudad, a los efectos que estimen corresponder. Ante la estafa procesal confirmada en algunos de los casos comunicarán lo resuelto a los Juzgados civiles intervinientes.