El conflicto judicial entre los municipales y Montenegro llega a la Suprema Corte

El Juzgado Contencioso Administrativo N°2 se declaró incompetente, al igual que ya lo había hecho el Tribunal de Trabajo N°4. El máximo tribunal bonaerense debe resolver a quién le corresponde llevar la causa donde el STM busca frenar los descuentos por paros.

Los supremos Hilda Kogan, Daniel Soria, Sergio Torres y Luis Genoud resolverán si interviene el fuero laboral o el contencioso administrativo.

7 de Mayo de 2024 21:50

Por Redacción 0223

PARA 0223

El avance de la demanda judicial con la cual el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) busca frenar los descuentos por los paros y el cambio del régimen de presentismo, no transitará con la premura que ellos deseaban: es que el juez en lo Contencioso Administrativo N°2, Marcelo Fernández, se declaró incompetente al igual que ya lo había hecho el Tribunal de Trabajo N°4, por lo que ahora la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires deberá resolver a quién le corresponde llevar la causa.

Sorpresa había generado la decisión del pasado viernes dada a conocer por 0223, donde los jueces Cecilia Bártoli, Alejandro Escobar y Orlando Cappitelli se declararon incompetentes, al considerar que, al estar bajo impugnación dos decretos municipales, la causa debía tramitarse en el fuero Contencioso Administrativo.

Ya con el expediente a su cargo, este lunes el juez Fernández también se declaró incompetente, enfatizando que quien debe intervenir es el fuero laboral, por lo que remitió las actuaciones a la Suprema Corte para que zanje el diferendo en torno a la competencia. Como argumento central, el magistrado apuntó que quedan en un segundo orden el carácter de los actos administrativos objetados por la demandante, ya que en esencia de lo que se trata es de un conflicto judicial de índole laboral.

El juez Marcelo Fernández consideró que no tiene competencia y debe intervenir la justicia laboral.

“En el caso se encuentra comprendido, plenamente, por lo dispuesto en el art. 4 inc. 1° del Código Procesal Contencioso Administrativo, siendo la presente controversia, una disputa que, tal y como sostiene la actora, se encuentra íntegramente regida por las normas o convenios laborales”, expuso.

En esa línea, manifestó que “la función administrativa desplegada por la accionada (a la que el tribunal laboral le asigna carácter dirimente) no aparece más que como una cuestión secundaria, periférica al conflicto sindical planteado, que ha de ser dirimido por la normativa laboral, sea esta la invocada por la actora (de rango convencional, constitucional o legal) o por otra, pero del mismo tenor, propia del ámbito laboral y sindical”.

Finalmente, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°2 citó amplia jurisprudencia en la cual la Suprema Corte ya se inclinó por la competencia del fuero laboral ante casos análogos, donde se encontraban objetados decretos en el marco de conflictos entre sindicatos y gobiernos municipales. “Nuestro máximo tribunal también ha afirmado que cuando la acción tenga por objeto obtener la nulidad de un decreto municipal, pero el fundamento de la pretensión se encuadre dentro del sistema tuitivo del derecho laboral, esta circunstancia subsume en la aludida regla de excepción prevista en el código que gobierna la materia contencioso administrativa, declarándose la competencia de la justicia laboral”, concluyó.

 

“Conducta antisindical” y “práctica desleal”

En el amparo sindical el STM busca la suspensión del Decreto 813/24 que dispuso el descuento por los paros que los municipales llevaron adelante el 4, 5 y 6 de abril, y del Decreto 833/24 por el cual se modificó el régimen de presentismo, incorporando a las faltas por paros como motivo para la pérdida de una licencia con goce de sueldo de 5 días por cuatrimestre.

Además de objetar su contenido, el gremio conducido por Antonio Gilardi enmarcó las decisiones del intendente Montenegro en la paritaria trabada que protagonizan con el gobierno, indicando que ambas medidas son una represalia contra el sindicato por no aceptar la propuesta de aumento de 10%, ante su pedido de una recomposición del 35%.

Se profundiza el conflicto y los municipales marcharán este miércoles.

Por ello, aseguraron que se trata de una “conducta discriminatoria antisindical”, que además contraría leyes provinciales y nacionales, las constituciones de la Provincia y Argentina, e incluso tratados internacionales, al implementar medidas regresivas y que atentan contra el derecho a la huelga.

Además, también pidió sanciones económicas hacia el intendente y su secretario de Legal, Técnica y Hacienda, Mauro Martinelli, por haber incurrido presuntamente en “práctica desleal”. El STM apunta que el Ejecutivo habría incurrido en dicha irregularidad al haber tomado “represalias contra los trabajadores municipales en razón de su participación en medidas legítimas de acción sindicales, practicándoles además un trato discriminatorio en razón del ejercicio de sus derechos sindicales”. Las posibles multas económicas a aplicar son aquellas contempladas en el art.55 de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.